REDACCIÓN/A.B.
MADRID (España).El Ayuntamiento de Olot (Gerona) no podrá prohibir la celebración de corridas de toros. Así lo dicta una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ( TSJC) que anula la moción aprobada por el citado ayuntamiento hace tres años.
Para el TSJC, el Ayuntamiento no tiene competencias sobre el tema por lo que no puede pronunciarse sobre la celebración o no de espectáculos taurinos. De esta manera el Tribunal da la razón a los accionistas de la plaza de toros de Olot que presentaron la moción contra el consistorio.
ERC ( Esquerra Republicana de Catalunya)e ICV (Iniciativa per Catalunya)presentaron el 25 de mayo de 2000 una moción que solicitaba la prohibición de corridas de toros que acabasen con la muerte del animal. En la posterior votación, la moción prosperó por nueve votos a favor, ocho en contra y tres abstenciones. El Ayuntamiento ha hecho pública su intención de acatar la sentencia.